¿Puedo conducir después de beber?
Solo por debajo del límite — y mejor, nada. En España el límite general es de 0,25 mg/l de alcohol en aire espirado (0,5 g/l en sangre), que baja a 0,15 mg/l (0,3 g/l) para conductores noveles (menos de 2 años) y profesionales. Superar el límite es una infracción muy grave: entre 0,25 y 0,50 mg/l, 500 € y 4 puntos; por encima de 0,50 mg/l, 1.000 € y 6 puntos. A partir de 0,60 mg/l en aire (1,2 g/l en sangre) es delito penal (Código Penal), con posible prisión, multa o trabajos y retirada del permiso. Negarse a la prueba es también delito. Las mismas reglas se aplican a las drogas y al patinete.
📋 Las reglas
- Límite general: 0,25 mg/l en aire (0,5 g/l en sangre)
- Noveles y profesionales: 0,15 mg/l (0,3 g/l)
- 0,25-0,50 mg/l: 500 € y 4 puntos
- Más de 0,50 mg/l: 1.000 € y 6 puntos
- Desde 0,60 mg/l en aire: delito penal
🔓 Excepciones
- El mismo régimen se aplica a las drogas al volante
- Negarse a la prueba de alcohol o drogas es delito
- Patinetes (VMP) y bicicletas: también se sancionan por alcohol
⚠️ Sanciones y multas
Superar la tasa administrativa conlleva 500 € y 4 puntos (0,25-0,50 mg/l) o 1.000 € y 6 puntos (más de 0,50). A partir de 0,60 mg/l en aire (1,2 g/l en sangre) es un delito castigado con prisión de 3 a 6 meses, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, más la privación del permiso de 1 a 4 años. Negarse a la prueba de alcoholemia es un delito autónomo, igual de grave. En caso de accidente, la alcoholemia agrava la responsabilidad.
📎 Fuentes oficiales
- DGT · Alcohol y conducción →
- BOE · Ley sobre Tráfico, Circulación y Seguridad Vial →
- BOE · Código Penal (delitos contra la seguridad vial) →
❓ Preguntas frecuentes
¿Cuánto alcohol puedo llevar para conducir?
El límite general es 0,25 mg/l en aire espirado (0,5 g/l en sangre), y 0,15 mg/l para conductores noveles y profesionales. En la práctica, lo más seguro es no beber nada si vas a conducir.
¿Qué multa hay por alcoholemia?
Entre 0,25 y 0,50 mg/l, 500 € y 4 puntos; por encima de 0,50 mg/l, 1.000 € y 6 puntos. A partir de 0,60 mg/l en aire ya es delito penal, con posible prisión y retirada del permiso de 1 a 4 años.
¿Cuándo es delito conducir bebido?
A partir de 0,60 mg/l en aire espirado (1,2 g/l en sangre) es delito según el Código Penal, con prisión de 3 a 6 meses, multa o trabajos comunitarios, además de la privación del permiso. Negarse a la prueba también es delito.
¿Y si soy conductor novel?
El límite es más estricto: 0,15 mg/l en aire (0,3 g/l en sangre) durante los dos primeros años de carné. Lo mismo se aplica a los conductores profesionales. Superarlo conlleva la pérdida de 4 o 6 puntos según la tasa.
¿Se aplica al patinete eléctrico?
Sí. Conducir un VMP o una bicicleta bajo los efectos del alcohol se sanciona igual que un coche, con multas de 500 a 1.000 €. Las pruebas de alcohol y drogas son obligatorias también para estos vehículos.
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