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Código Civil · legítima · herederos forzosos
Actualizado junio 2026

📜 ¿Puedo desheredar a un hijo?

No
Respuesta rápida

No, salvo por causas legales muy concretas. En el derecho común español, los hijos y descendientes son herederos forzosos y tienen derecho a la legítima: dos tercios de la herencia. De esos dos tercios, uno es la legítima estricta (a repartir por igual) y otro el de mejora (que puedes asignar libremente entre hijos o nietos); solo el tercio restante es de libre disposición. Por eso no puedes desheredar libremente a un hijo. Solo cabe la desheredación por una de las causas tasadas del Código Civil (maltrato de obra, injurias graves, negarle alimentos sin motivo, etc.), que debe expresarse en el testamento y, si se impugna, probarse. Algunas comunidades con derecho foral propio tienen reglas distintas.

📋 Las reglas

  • Los hijos/descendientes son herederos forzosos (legítima)
  • Legítima: dos tercios de la herencia
  • Solo el tercio de libre disposición se reparte sin restricción
  • Desheredar: solo por causa legal tasada (Código Civil)
  • La causa debe constar en el testamento y poder probarse

🔓 Excepciones

  • Comunidades con derecho foral (País Vasco, Navarra, Cataluña, Aragón…): reglas propias de legítima
  • Indignidad para suceder (delitos graves contra el causante): exclusión
  • Sin descendientes, la legítima corresponde a los ascendientes o al cónyuge

⚠️ Sanciones y multas

Un testamento que pretenda desheredar a un hijo sin causa legal o más allá de lo permitido es impugnable: el hijo perjudicado puede ejercer una acción para reclamar su legítima. Las donaciones que reduzcan la legítima también pueden reducirse al repartir la herencia. Para organizar tu sucesión dentro de la ley, conviene acudir a un notario, que asegura el respeto de la legítima y la validez del testamento.

📎 Fuentes oficiales

Última comprobación: 2026-06-20

❓ Preguntas frecuentes

¿Se puede desheredar a un hijo en España?

No libremente. Los hijos son herederos forzosos y tienen derecho a la legítima, que son dos tercios de la herencia. Solo cabe desheredar por una de las causas tasadas en el Código Civil, que debe constar en el testamento.

¿Qué parte de la herencia puedo dejar libremente?

Solo el tercio de libre disposición. De los otros dos tercios (la legítima), uno se reparte por igual entre los hijos (legítima estricta) y otro es el tercio de mejora, que puedes asignar entre hijos o nietos.

¿Cuáles son las causas para desheredar?

Las que enumera el Código Civil: maltrato de obra o injurias graves al causante, negarle alimentos sin motivo, atentar contra su vida, entre otras. Deben expresarse en el testamento y, si el hijo las niega, probarse en juicio.

¿Qué pasa si desheredo sin causa?

El testamento es impugnable y el hijo perjudicado puede reclamar su legítima. Las donaciones que perjudiquen la legítima también pueden reducirse al repartir la herencia. La legítima es de orden público.

¿Hay excepciones por comunidades?

Sí. Las comunidades con derecho foral propio (País Vasco, Navarra, Cataluña, Aragón, Galicia, Baleares) tienen reglas distintas sobre la legítima, algunas más flexibles. Conviene informarse según el derecho civil aplicable.

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