¿Puedo coger el permiso por nacimiento de mi hijo?
Sí: cada progenitor tiene derecho a 19 semanas en 2026. Desde el 1 de enero de 2026, el permiso por nacimiento y cuidado del menor se amplió de 16 a 19 semanas por progenitor, todas retribuidas al 100 % por la Seguridad Social (no por la empresa), conforme al Real Decreto-ley 9/2025, que completa la transposición de la directiva europea de conciliación. De esas 19 semanas, 6 son obligatorias e ininterrumpidas justo después del parto (o de la adopción/acogimiento); 11 semanas son flexibles, a disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses; y las 2 últimas pueden usarse hasta los 8 años del niño. El permiso es individual e intransferible. En familias monoparentales, la duración llega a 32 semanas. Necesitas cumplir los requisitos de cotización según tu edad.
📋 Las reglas
- 19 semanas por progenitor en 2026 (antes 16)
- Pagadas al 100 % por la Seguridad Social
- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el parto
- 11 semanas hasta los 12 meses; 2 hasta los 8 años
- Familias monoparentales: hasta 32 semanas
🔓 Excepciones
- Requisitos de cotización mínimos según la edad del progenitor
- Parto múltiple, discapacidad o prematuridad: ampliaciones adicionales
- Autónomos: derecho equivalente, con sus propias reglas de cotización
⚠️ Sanciones y multas
El permiso por nacimiento es un derecho: la empresa no puede negarlo ni penalizar por ejercerlo, y el despido por este motivo sería nulo. La prestación económica la abona la Seguridad Social, previa solicitud, si acreditas los requisitos de cotización. Conviene avisar a la empresa con antelación y solicitar la prestación al INSS dentro de los plazos. Las 6 primeras semanas son obligatorias e intransferibles; el resto puede distribuirse de forma flexible, incluso a tiempo parcial por acuerdo. Si te deniegan indebidamente el permiso o la prestación, puedes reclamar.
📎 Fuentes oficiales
- Seguridad Social · Prestación por nacimiento y cuidado de menor →
- BOE · Real Decreto-ley 9/2025 (permisos de conciliación) →
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · Permisos →
❓ Preguntas frecuentes
¿Cuántas semanas de permiso por nacimiento hay en 2026?
Desde el 1 de enero de 2026, 19 semanas por progenitor, todas pagadas al 100 % por la Seguridad Social. Es una ampliación respecto a las 16 semanas anteriores, que completa la transposición de la directiva europea de conciliación.
¿Qué parte del permiso es obligatoria?
Las 6 primeras semanas, que deben disfrutarse a jornada completa, de forma ininterrumpida e inmediatamente después del parto, la adopción o el acogimiento. Las demás semanas son flexibles y pueden distribuirse hasta que el menor cumpla 12 meses (y 2 hasta los 8 años).
¿Cuánto cobro durante el permiso?
El 100 % de tu base reguladora, que abona la Seguridad Social (no la empresa), siempre que cumplas los requisitos de cotización mínimos exigidos según tu edad. Es una prestación que debes solicitar al INSS aportando la documentación.
¿Y en una familia monoparental?
En las familias monoparentales la duración del permiso se incrementa, llegando hasta 32 semanas, para compensar que recae en un solo progenitor. Las condiciones concretas se ajustan a la normativa vigente y conviene confirmarlas al solicitar la prestación.
¿Puede mi empresa negarme el permiso?
No. Es un derecho y la empresa no puede negarlo ni penalizar por usarlo; un despido por este motivo sería nulo. Avisa con antelación y solicita la prestación a la Seguridad Social en plazo. Si te lo deniegan indebidamente, puedes reclamar.
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