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Estatuto de los Trabajadores · guarda legal
Actualizado junio 2026

¿Puedo reducir mi jornada para cuidar a mi hijo?

Con condiciones
Respuesta rápida

Sí: es un derecho por cuidado de hijos o familiares. El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a la reducción de jornada por guarda legal de un menor de 12 años, de una persona con discapacidad o para el cuidado directo de un familiar (hasta segundo grado) que no pueda valerse por sí mismo. La reducción puede ir de un octavo a la mitad de tu jornada, con la reducción proporcional del salario. Es un derecho del trabajador: la concreción horaria (qué horas reduces) te corresponde a ti, dentro de tu jornada ordinaria, aunque debe ejercerse de buena fe. Debes preavisar a la empresa con la antelación que marque el convenio (por defecto, 15 días). Quien reduce la jornada por estos motivos tiene protección reforzada frente al despido.

📋 Las reglas

  • Derecho por menor de 12 años, discapacidad o familiar dependiente
  • Reducción de 1/8 a 1/2 de la jornada
  • Reducción proporcional del salario
  • La concreción horaria la decide el trabajador
  • Protección reforzada frente al despido (sería nulo)

🔓 Excepciones

  • Hijos con cáncer o enfermedad grave: reducción especial (hasta el 100%) con prestación
  • El convenio puede mejorar las condiciones y los plazos de preaviso
  • Discrepancias sobre la concreción horaria: las resuelve el juzgado de lo social

⚠️ Sanciones y multas

La empresa no puede negar la reducción de jornada cuando concurren los requisitos; solo puede discrepar de la concreción horaria y, en su caso, acudir al juzgado de lo social por un procedimiento urgente. Despedir o penalizar a quien ejerce este derecho sería un despido nulo (con readmisión obligatoria). Ten en cuenta que la reducción de jornada reduce proporcionalmente el salario y puede afectar a las bases de cotización, aunque para algunas prestaciones existen reglas que protegen la cotización. Preavisa por escrito y conserva copia.

📎 Fuentes oficiales

Última comprobación: 2026-06-20

❓ Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir la reducción de jornada?

Quien tenga a su cuidado, por guarda legal, a un menor de 12 años o a una persona con discapacidad, o deba cuidar directamente a un familiar hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo y no realice actividad retribuida. Es un derecho del trabajador.

¿Cuánto puedo reducir la jornada?

Entre un octavo y la mitad de tu jornada de trabajo, con la reducción proporcional del salario. Dentro de ese margen eliges la reducción que necesitas, y la concreción horaria (qué horas reduces) te corresponde a ti dentro de tu jornada ordinaria.

¿Me pueden bajar el sueldo si reduzco la jornada?

El salario se reduce en la misma proporción que la jornada, eso es inherente a la figura. Lo que no pueden hacer es penalizarte más allá de esa proporción ni perjudicarte por ejercer el derecho. La reducción puede afectar también a tus bases de cotización.

¿Puede la empresa negarse?

No puede negar el derecho si cumples los requisitos. Sí puede discrepar de la concreción horaria que propongas y, en ese caso, debe acudir al juzgado de lo social, que resuelve por un procedimiento urgente. Mientras tanto, tu derecho a reducir la jornada se mantiene.

¿Estoy protegido frente al despido?

Sí. Quien solicita o disfruta una reducción de jornada por cuidado tiene una protección reforzada: un despido por este motivo sería nulo, con readmisión obligatoria. Aun así, conviene preavisar por escrito y conservar copia de la solicitud.

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