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Estatuto de los Trabajadores · 9 meses
Actualizado junio 2026

🍼 ¿Puedo coger el permiso de lactancia?

Con condiciones
Respuesta rápida

Sí, hasta que el bebé cumple 9 meses. El permiso de lactancia es un derecho para el cuidado del lactante hasta que cumple nueve meses. Se puede disfrutar de varias formas: una hora de ausencia del trabajo (divisible en dos fracciones de media hora), una reducción de media hora al inicio o al final de la jornada, o —si el convenio o un acuerdo con la empresa lo permiten— acumularlo en jornadas completas a disfrutar de forma seguida tras la baja por nacimiento. Lo pueden ejercer ambos progenitores (con la misma duración), trabajen o no en la misma empresa. Si los dos lo disfrutan a partir de las 9 semanas hasta los 12 meses con la misma duración, puede ampliarse en los términos legales. Debes preavisar a la empresa.

📋 Las reglas

  • Derecho hasta que el lactante cumple 9 meses
  • 1 hora de ausencia (o dos fracciones de media hora)
  • Alternativa: reducir media hora la jornada
  • Posible acumulación en jornadas completas (convenio/acuerdo)
  • Lo pueden disfrutar ambos progenitores

🔓 Excepciones

  • Partos múltiples: el permiso se incrementa proporcionalmente
  • Acumulación en jornadas completas: depende del convenio o del acuerdo
  • Ampliación hasta los 12 meses si ambos lo disfrutan en iguales términos (con condiciones)

⚠️ Sanciones y multas

El permiso de lactancia es un derecho: la empresa no puede negarlo ni penalizar por ejercerlo, y un despido por este motivo sería nulo. La forma de disfrute (hora diaria, reducción o acumulación) se ajusta a lo previsto en el convenio o a lo pactado; si quieres acumularlo en jornadas completas y el convenio no lo regula, necesitas el acuerdo de la empresa. Conviene solicitarlo por escrito, con la antelación del convenio (por defecto, 15 días), e indicar la modalidad elegida. Si surge un conflicto sobre la concreción, se resuelve ante el juzgado de lo social.

📎 Fuentes oficiales

Última comprobación: 2026-06-20

❓ Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo dura el permiso de lactancia?

Hasta que el lactante cumple nueve meses. Durante ese periodo puedes ausentarte una hora al día (en una o dos fracciones), reducir media hora la jornada o, si el convenio o un acuerdo lo permiten, acumular el permiso en jornadas completas.

¿Puedo acumular la lactancia en días completos?

Sí, si lo prevé tu convenio colectivo o lo pactas con la empresa. La acumulación convierte la hora diaria en un número de jornadas completas que sueles disfrutar de forma seguida tras la baja por nacimiento. Sin previsión en convenio, necesitas el acuerdo de la empresa.

¿Pueden disfrutarlo el padre y la madre?

Sí. El permiso de lactancia lo pueden ejercer ambos progenitores, con la misma duración, trabajen o no en la misma empresa. Si ambos lo disfrutan en iguales términos a partir de cierto momento, puede ampliarse hasta los 12 meses según las reglas legales.

¿Me lo pueden quitar o negar?

No. Es un derecho y la empresa no puede negarlo ni penalizar su uso; un despido por este motivo sería nulo. Lo que se ajusta al convenio o al acuerdo es la forma concreta de disfrute. Solicítalo por escrito con la antelación debida.

¿Cobro lo mismo durante la lactancia?

Sí. El permiso de lactancia, en su forma de hora de ausencia o reducción de media hora, es retribuido: no supone una bajada de salario. Es distinto de la reducción de jornada por guarda legal, que sí reduce el sueldo de forma proporcional.

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