Ayudas para bomba de calor o aislamiento en España: ¿dónde las pido?
La mayoría de los países apoyan la rehabilitación de viviendas con subvenciones, deducciones fiscales o préstamos baratos. Los programas cambian a menudo, así que consulta siempre el portal oficial antes de encargar la obra.
📜 Las normas en España
Ayudas para bomba de calor y aislamiento
Las ayudas para la rehabilitación energética de viviendas del Plan de Recuperación (Real Decreto 853/2021) y los programas del IDAE como el PREE los gestionan las comunidades autónomas: se solicitan en las convocatorias de tu región. Varias convocatorias ya están cerradas; consulta primero la de tu comunidad.
- Deducciones en el IRPF por obras de eficiencia energética en la vivienda: 20% (menor demanda de calefacción y refrigeración), 40% (menor consumo de energía primaria no renovable) y 60% (rehabilitación del edificio). Necesitas certificados energéticos de antes y después de las obras. (sede.agenciatributaria.gob.es)
- El Real Decreto-ley 7/2026 prorrogó las deducciones del 20% y del 40% hasta el 31 de diciembre de 2026, y la de obras en edificios de uso predominantemente residencial hasta el 31 de diciembre de 2027. (sede.agenciatributaria.gob.es)
🪜 Paso a paso
- Encuentra el programa oficialAbajo tienes los programas oficiales en España y quién los gestiona.
- Revisa los requisitos antes de encargarMuchas ayudas hay que pedirlas antes de empezar la obra, y a menudo exigen un instalador certificado o una auditoría energética.
- Pide presupuestosPide varios presupuestos que indiquen el equipo y el rendimiento que exige el programa.
- Solicítala en el portal oficialUsa solo la web oficial indicada abajo. Guarda facturas y certificados para el cobro o para una posible inspección.
📇 A quién acudir
❓ Preguntas
¿Puedo pedir la ayuda cuando ya he hecho la obra?
A menudo no. Muchos programas exigen la solicitud antes de empezar. Consulta el portal oficial.
¿Hay más ayuda si tengo ingresos bajos?
Algunos programas dan más a los hogares con ingresos bajos. El portal de abajo explica quién tiene derecho.
Una empresa se ofrece a tramitarme la ayuda. ¿Es fiable?
Cuidado con las ofertas puerta a puerta o por teléfono. Comprueba la empresa y haz la solicitud en el portal oficial.
📎 Fuentes
- boe.es →
- sede.agenciatributaria.gob.es →
- sede.agenciatributaria.gob.es →
- idae.es →
- sede.agenciatributaria.gob.es →
🧭 ¿Sigue siendo correcto?
Revisamos esta información con cuidado, pero los teléfonos, las webs y las normas cambian, y a veces nos equivocamos. ¿Has visto un error o un cambio? Avísanos aquí abajo.
⚠️ Algunos lectores indican que algo puede haber cambiado — lo estamos comprobando.
✅ Gracias — así la página sigue actualizada para todos.