Tus derechos
Artículo 8: reembolso o transporte alternativo
¿Cancelado o muy retrasado? Tú eliges: tu dinero de vuelta, o un nuevo vuelo a tu destino.
Referencia legalUE 261, art. 8
Cuando se cancela un vuelo, te deniegan el embarque o un retraso llega a cinco horas o más, el art. 8 te da una elección —y la elección es tuya, no de la aerolínea.
- El reembolso íntegro del billete en siete días (más un vuelo de vuelta a tu primer punto de salida si una conexión ya no tiene sentido), o
- Transporte alternativo a tu destino final lo antes posible, o
- Transporte alternativo en una fecha posterior que te convenga, según disponibilidad de plazas
Si la aerolínea solo ofrece un bono, puedes seguir exigiendo dinero. Elegir el reembolso no implica renunciar a la indemnización debida por separado del art. 7.
¿Esto afecta a tu vuelo?Comprueba tu derecho en 30 segundos y reclama tú mismo, gratis.
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